
Ayudas para personas con discapacidad
Ayudas para personas con discapacidad

a) Objeto.
Sufragar en parte los gastos extraordinarios que originan la atención y el cuidado de personas con discapacidad, siempre que sean beneficiarios contemplados en las bases generales, cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.
b) Grados de discapacidad y cuantía de las ayudas.
- Con grado de discapacidad igual o superior al 75%: 750 euros.
- Con grado de discapacidad igual o superior al 65%: 350 euros.
Base general 4. Créditos presupuestarios destinados a las ayudas de acción social del personal militar.
La cantidad destinada para el conjunto de las ayudas comunes convocadas en la presente convocatoria podrá ser aumentada en el caso de contar con mayor recurso en la citada aplicación, que deberá ser fiscalizado por la Intervención Delegada, con carácter previo a la aprobación del gasto por la Autoridad competente.
Dicha cantidad se repartirá entre los tres tipos de ayudas previstas en esta convocatoria según las cuantías señaladas para cada tipo de ellas.
En el caso de que no haya crédito presupuestario suficiente para atender todas las ayudas en las cuantías señaladas en esta convocatoria, estas se minorarán proporcionalmente en el mismo porcentaje en todas las ayudas comunes. En ese caso, la resolución de las ayudas señalará expresamente el porcentaje de minoración. Igualmente, si hubiera exceso de crédito se podrá incrementar proporcionalmente la cuantía de las ayudas.
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Bases Específicas Ayuda para personas con discapacidad 2025
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APÉNDICE IV (SÓLO SE CUMPLIMENTARÁ EN EL CASO DE PRESENTAR LA SOLICITUD POR INTERNET O DE MANERA PRESENCIAL)
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RESOLUCIÓN AYUDAS COMUNES 2025