
CONVOCATORIA ESTIVAL 2026 DEL ET. RESIDENCIAS DE DESCANSO.

La convocatoria estival 2026 “Resolución 563/03551/26”, en el apartado “NORMAS PARTICULARES PARA RESIDENCIAS ASIGNADAS POR SORTEO” del Anexo “A” en el punto 3.- PLAZAS LIBRES DESPUÉS DEL SORTEO dice lo siguiente:
3.1. Las plazas libres sin asignar después del sorteo, o posteriormente una vez agotada la lista de suplentes correspondiente al sorteo, se solicitarán mediante la remisión directa por correo electrónico a la residencia del Apéndice «G» (modelo Anexo III de la NT 09/11) de esta convocatoria, una vez transcurridos 15 días naturales desde el día siguiente a su publicación en el Portal Personal, siendo asignadas según las condiciones establecidas en el punto 2 del Apéndice «B».
Las publicaciones tanto en la Web y App de DIAPER, y en el portal personal, no se publicaron en las mismas fechas debido a diferentes problemas ajenos a DIAPER.
Conforme a la citada resolución y con la finalidad de unificar criterio tras haber coordinado la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CENTROS y la SECCIÓN DE ACCIÓN SOCIAL, se comunica que los Apéndices “G” (lo podrá encontrar a continuación en documentos de interés) para solicitar las plazas libres de las residencias del Apéndice “A” se admitirán a partir de las 00:00 horas del miércoles día 20 de mayo del presente. Asimismo, se informa, que no se publicarán ningún listado de plazas libres, sino que se cumplimentará el Apéndice G directamente a la Residencia de su interés.
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Formulario para solicitud de Residencia