Convenio Minisdef-Naviera Armas y Transmed

05/08/2026

CONVENIO MINISDEF Y EMPRESAS DE TRANSPORTE MARÍTIMO NAVIERA ARMAS, SA Y TRANSMED GLE, SL

Convenio Transporte Marítimo

En el BOE nº 187 de 1 de agosto de 2026, se han publicado los convenios del Ministerio de Defensa con las empresas de transporte marítimo Naviera Armas, SA y Transmed GLE, SL, sobre bonificación a cargo del Estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.

 

Objeto.

El objeto de los presentes convenios es establecer las condiciones bajo las que se bonificarán los servicios de transporte marítimo de las empresas Naviera Armas, SA y Transmed GLE, SL, en la totalidad de sus líneas regulares en territorio nacional para el personal militar que viaje por cuenta propia.

 

Transporte de personal militar.

Viajes por cuenta propia del personal militar.

Este derecho se establece con la finalidad de facilitar los transportes del personal militar, incluyendo sus vehículos, ya que uno de los aspectos singulares de la condición de militar es la obligatoria movilidad geográfica derivada de la disponibilidad permanente por razones profesionales, concurriendo además la circunstancia de alejamiento de sus domicilios habituales. Por tanto, estas bonificaciones están orientadas a facilitar este aspecto prioritario de apoyo a la movilidad geográfica del personal militar.

Derechos del personal perteneciente al Ministerio de Defensa (MINISDEF).

Para que sea reconocido el derecho a la bonificación de las tarifas de pasaje en compañías de transporte marítimo, el personal militar profesional habrá de acreditar estar en las situaciones de «Servicio Activo», «Alumno Activo», «Reserva Destinado», «Reserva en Comisión de Servicio», «Tropa en Formación» y «Reservista Voluntario» (activado).
La empresa aplicará al personal militar anterior que se desplace por cuenta propia, una bonificación sobre la tarifa cobrada de clase turista (básica) o equivalente de pasaje marítimo de pasajeros y vehículos que, en el caso de los primeros, se concretará en los distintos porcentajes señalados en los párrafos siguientes. En todo caso, la bonificación del 50 por 100 sobre la tarifa cobrada del vehículo será invariable.

 

Podrá encontrar toda la información de los convenios a continuación en documentos de interés.