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Escuela Politécnica Superior del Ejército

escudo ESPOL

Texto no traducido

Evaluación de la Tesis

 

 

La Comisión académica encargada de la dirección y gestión académica del Programa de Doctorado está integrada por el/la Director/a, el/la Jefe de la Subdirección de Investigación y Doctorado, y el/la subdirector/a Jefe de Estudios.

Eventualmente, cuando el número de estudiantes de doctorado en el Programa sea elevado o se plantee alguna otra situación que eleve la dificultad de la gestión académica del mismo, se podrán incorporar a la Comisión otros académicos como adjuntos al/a la coordinador/a del programa. En este caso, el número máximo de miembros que compongan la Comisión Académica puede llegar hasta 6 personas.

De acuerdo con lo previsto en la Normativa sobre la organización de los estudios de Doctorado aprobada por la ESPOL, para la aplicación del RD 576/2023, por el que se modifica el RD 99/2011, esta comisión es responsable de la definición, actualización, calidad y coordinación del Programa de Doctorado. Con respecto a cada doctorando/a del programa, propone la admisión, asigna el director/es o directora/as, aprueba el proyecto de tesis, supervisa el progreso de la investigación y formación, y autoriza el depósito y la presentación de tesis.

La ESPOL establece las funciones de supervisión de los/las doctorandos/as mediante el "compromiso documental de supervisión", firmado por el/la doctorando/a, su director/a de tesis y la propia Escuela. Este compromiso contempla los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito del Programa de Doctorado. El compromiso se rubrica a la mayor brevedad posible después de la admisión. Por otro lado, la ESPOL cuenta con un código de buenas prácticas que incluye un procedimiento de resolución de conflictos.

Además, la ESPOL, a través de la Escuela de Doctorado- establece los mecanismos de evaluación y seguimiento que se detallan a continuación, la realización de la tesis en el tiempo proyectado y los procedimientos previstos en caso de conflicto y aspectos que afecten al ámbito de la propiedad intelectual.

 

Procedimiento para el control del registro de actividades y la certificación de sus datos

Una vez matriculado en el Programa de Doctorado, la ESPOL proporcionará acceso al doctorando a la aplicación informática para el registro individualizado de actividades, conforme al artículo 2.7 del RD99/2011. El estudiante deberá registrar en el Campus Virtual Corporativo de la Defensa (CVCDEF) todas las actividades formativas relacionadas con su tesis, adjuntando la documentación pertinente para su validación.

Tras el registro, las actividades serán evaluadas por los directores/as o tutor/a de tesis y, posteriormente, revisadas y aprobadas por la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Las actividades aprobadas se incorporarán al Registro de Actividades.


Procedimiento para la valoración anual del plan de investigación y el registro de actividades

Antes de finalizar el primer año de doctorado, el doctorando, con la ayuda de su director/a de tesis y tutor/a, elaborará un documento que incluya un plan de investigación y un plan de formación personal.

El plan de investigación debe abarcar: estado del tema con bibliografía, hipótesis de trabajo, objetivos, metodología, planificación temporal y medios disponibles para su desarrollo, destacando la calidad científica del proyecto. El plan de formación personal incluirá las actividades formativas previstas durante la tesis, garantizando el desarrollo de competencias y destrezas necesarias.

Este plan podrá actualizarse a lo largo del doctorado y debe ser aprobado por el director/a. En el caso de doctorandos/as con Mención Industrial, se considerará lo dispuesto en el artículo 15 bis del RD99/2011.



Seguimiento anual

Anualmente, la Comisión Académica del programa evaluará el progreso del doctorando en relación con el plan de investigación y el documento de actividades, basándose en los informes emitidos por el director/a y tutor/a, en su caso.

En el informe anual, el director/a de tesis deberá evaluar las actividades formativas realizadas por el doctorando, reflejadas en su documento de actividades, considerando el número, la relevancia, la calidad del registro y su contribución al desarrollo de la formación investigadora.

Si la Comisión detecta carencias significativas, el doctorando deberá ser reevaluado en un plazo máximo de seis meses. En caso de persistir las deficiencias, la Comisión emitirá un informe motivado, tras audiencia al doctorando, y este causará baja definitiva en el programa.