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Servicios y Prestaciones
- paginación
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La protección se realiza, mediante prestaciones.
Estas prestaciones se clasifican en: Ordinarias, Especiales, Extraordinarias y Premios.
Las Prestaciones ORDINARIAS pueden ser:
- Ayuda por Primera prestación de orfandad.
Consiste en el abono de un pago único a huérfanos menores de 25 años en el momento en que son protegidos por este Patronato. - Ayuda de Sostenimiento.
Consiste en el abono de 12 mensualidades más las extras de Junio y Diciembre. - Ayuda por Doble orfandad.
Consiste en el abono de 12 mensualidades más las extras de Junio y Diciembre a huérfanos menores de 25 años que pierdan a los dos progenitores. - Ayuda por Número de hermanos.
Consiste en el abono de 12 mensualidades más las extras de Junio y Diciembre a huérfanos menores de 25 años, que formen parte de la misma Unidad Familiar y que sean tres o más hermanos protegidos e hijos del mismo asociado fallecido. - Ayuda a Huérfanos con discapacidad menores de 27 años.
Se pueden dar dos casos: uno para huérfanos con un grado de discapacidad que sea superior al 33% e inferior al 65%, y otra para aquellos cuya discapacidad sea igual o superior al 65%. Consiste en 12 mensualidades más las extras de Junio y Diciembre, de cuantía distinta según el grado de discapacidad. - Ayuda por Estudios.
- Ayuda para Matrícula, libros y material
- Ayuda para Residentes en Colegios del PAHUET y RME
- Ayuda para desplazados, de cuantías diferentes según sean para:
- Desplazados en Territorio Nacional.
- Desplazados en el extranjero por Beca ERASMUS
- Ayuda para Gastos de viaje
- Ayuda para Becas (A huérfanos entre 25 y 27 años para finalizar la carrera)
- Ayuda para Tasas de Título y Colegiación
- Ayuda para estudios Complementarios
- Ayuda para Oposiciones
- Ayuda para Doctorado
- Ayuda para Máster
- Ayuda para Transporte Escolar
- Ayuda a Huérfanos con discapacidad mayores de 27 años.
Se establece esta ayuda a huérfanos con discapacidad cuyo grado de discapcidad sea igual o superior al 65% y reúnan las condiciones que establece la Circular vigente.
Las Prestaciones ESPECIALES pueden ser:
- Ayuda por Huérfano póstumo
- Ayuda por Gastos de enterramiento
- Ayuda por Natalidad
Las Prestaciones EXTRAORDINARIAS son concedidas por la Junta de Gobierno, con carácter excepcional, en caso de extrema necesidad del huérfano.
Los PREMIOS
Independientemente del resto de las prestaciones, el Patronato concede anualmente los siguientes premios a los huérfanos que más se han distinguido en sus estudios y comportamiento:
- “Patronato de Huérfanos del Ejército“
- “Estudios Universitarios“
- “Cuadro de Honor”
- “Estudios Militares”
Así mismo, el PAHUET propone a los huérfanos que se hayan hecho acreedores a la concesión de los premios que otras Instituciones conceden:
- “Becas concedidas por el Ministerio de Educación y Ciencia”.
- “Teniente Muñoz Castellanos” y “Teniente Ortiz de Zárate”, concedidos por la Asociación Cultural Santiago de Laredo (Cantabria)
Las cuantías económicas que corresponden a las Prestaciones y Premios del Patronato, son aprobados anualmente por el Consejo Rector del mismo, quedando reflejadas en la CIRCULAR correspondiente.
- Ayuda por Primera prestación de orfandad.