MENÚ UNIDAD
Texto no traducido
- Araba Álava |
- Albacete |
- Alicante |
- Almería |
- Asturias |
- Ávila |
- Badajoz |
- Barcelona |
- Burgos |
- Cáceres |
- Cádiz |
- Cantabria |
- Castellón |
- Ceuta |
- Ciudad Real |
- Córdoba |
- A Coruña |
- Cuenca |
- Girona |
- Granada |
- Guadalajara |
- Gipuzkoa |
- Huelva |
- Huesca |
- Islas Baleares |
- Jaén |
- León |
- Lleida |
- Lugo |
- Madrid |
- Málaga |
- Melilla |
- Murcia |
- Navarra |
- Ourense |
- Palencia |
- Las Palmas |
- Pontevedra |
- La Rioja |
- Salamanca |
- Segovia |
- Sevilla |
- Soria |
- Tarragona |
- Santa Cruz de Tenerife |
- Teruel |
- Toledo |
- Valencia |
- Valladolid |
- Bizkaia |
- Zamora |
- Zaragoza
Texto no traducido
Organización del Mando de Personal del Ejército de Tierra
El Mando de Personal es el órgano del Apoyo a la Fuerza responsable, en el ámbito del Ejército de Tierra, de la dirección, gestión, administración y control en materia de gestión de personal, asistencia al personal y asistencia sanitaria.
De acuerdo con lo determinado en el artículo 12.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, también corresponde al Mando de Personal participar en el planeamiento y programación de la política de personal y aplicar y controlar la ejecución de esta política, especialmente en lo relativo a informes personales, evaluaciones, asignación de destinos, asistencia a cursos y cuantos asuntos condicionan la carrera militar, siendo de su responsabilidad la orientación profesional de todos los miembros del Ejército de Tierra.
El Mando de Personal se articula en:
a) Jefatura,
c) Dirección de Asistencia al Personal y
También dependen del MAPER la Jefatura del Patronato de Huérfanos de Ejército de Tierra y las Juntas Permanentes de Evaluación que, como órganos colegiados, tienen las funciones y cometidos que les asigna su normativa específica.